Victoria para Layda Sansores: TEPJF negó que haya cometido violencia política de género contra Carolina Viggiano
Por la noche del miércoles 9 de noviembre, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) dio la razón a Layda Sansores pues confirmó que la gobernadora por Morena no habría cometido violencia política de género en contra de Carolina Viggiano.
Y es que la polémica gobernadora había sido denunciada por Partido Acción Nacional (PAN) de cometer violencia política de género en contra de la priista por varias declaraciones en su contra cuando fue candidata por la coalición “Va por Hidalgo” en las elecciones estatales del 2022.
Sansores San Román afirmó que Viggiano Austria había sido postulada para contender a la gubernatura del estado de Hidalgo por ser la esposa de Rubén Moreira.
Sin embargo, el tribunal local determinó que no existió violencia política de género, pero el PAN impugnó la determinación, pues consideró que sí hubo esta falta en contra de Viggiano, lo cual la habría dejado en una situación de desventaja y vulnerabilidad frente al resto de las candidaturas.
Y al ser turnada al Tribunal, este confirmó la resolución emitida por el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH), por lo que “declaró inexistente la violencia política de género atribuida a Layda Sansores San Román”.
Fue la magistrada ponente, Mónica Aralí Soto Fregoso, quien propuso al pleno revocar parcialmente la determinación del tribunal local, ya que estimó que el mensaje denunciado por el PAN sí se traduce en una manifestación de violencia simbólica al contener estereotipos de género que invisibiliza el trabajo, la trayectoria, los logros políticos, las cualidades y la capacidad de la entonces candidata para ocupar la gubernatura.
“Tuvieron un impacto diferenciado en la candidata denunciante por ser mujer, pues al haberse hecho énfasis en el lazo familiar, de conformidad con los roles sociales, una relación conyugal, las mujeres son sumisas y obedientes”, expuso.
Por su parte, la magistrada Janine Otálora Malassis, así como los magistrados Felipe de la Mata Pizaña, Felipe Alfredo Fuentes Barrera, Indalfer Infante Gonzales, José Luis Vargas Valdez y el magistrado presidente, Reyes Rodríguez Mondragón, votaron en contra de la propuesta, pues estimaron que no se acredita que las expresiones denunciadas tuvieran por objeto menoscabar el ejercicio de los derechos políticos y electorales de la candidata, ni se basaron en elementos de género.
Los magistrados argumentaron que las expresiones denunciadas se trataban de críticas que estaban amparadas bajo la libre expresión, pues están dirigidas hacia un partido político, alegando el supuesto nepotismo que existe dentro de él.
Otálora Malassis destacó que dentro de los comentarios denunciados por el albiazul ni siquiera se encontraba el uso de la palabra esposa pues solo se cuestionaba la familiaridad en las candidaturas. Incluso consideró que el proyecto de Aralí Soto perpetuaba la discriminación hacia la mujer.
Por dicho motivo, declararon que los dichos de Sansores San Román se encuentran dentro del marco del debate político que se da alrededor de las campañas electorales.
Fuente: infobae.com